|
|
|
Solicitud
de Información Registral de Personas
Jurídicas |
Nuestro
sitio ha sido diseñado
para brindarle el
mejor servicio sin
moverse de su casa,
a continuación
detallamos 3 simples
pasos para recibir
de manera rápida,
segura y eficaz la
información
solicitada: |
|
Seleccione
el tipo de informacion
Registral
Registro de
Personas Jurídicas
|
|
Complete
la solicitud
y los datos
de entrega
(requeridos
también
para servicio
via Mail) Recibirá
un e-mail para
verificar los
datos y coordinar
formas de pago
y envío. |
|
Realice
el pago, confírmelo
y reciba la
información
en el tiempo
y lugar establecidos. |
|
|
Ingreso
de Solicitud:
Registro de
Comercio |
1)
Complete los
datos de la
solicitud
(Datos
mínimos:
RUC, BPS,
Nombres y
Apellidos) |
|
|
En
la ley de Presupuesto
No. 17.296, de 21 de febrero
de 2001, art. 294, se
creó el Registro
de Personas Jurídicas
del cual dependen en calidad
de Secciones, por un lado
el Registro Nacional de
Comercio y por otro lado
Asociaciones Civiles y
Fundaciones.
El
Registro
Nacional de Comercio
también se trata
de un registro con competencia
nacional y sede en Montevideo
(art. 6º numeral
3 de la ley 16.871).
Al
igual que el Registro
Nacional de Actos Personales,
la ley dice que es de
organización centralizada,
pero de la misma manera
que la Sección
Inmobiliaria del Registro
de la Propiedad, podrán
en el futuro tener dependencias
a nivel departamental
o local para ingreso y
egreso de documentación
e información.
Este
Registro tiene una actividad
muy vasta, desde las promesas
de enajenar, cesiones
y enajenaciones de establecimientos
comerciales, hasta lo
relacionado con la constitución
y modificación
de todo tipo de sociedades
comerciales, incluso la
reserva de prioridad respecto
del nombre de la futura
sociedad, o respecto de
las promesas y cesiones
de promesa de enajenación
de establecimiento comercial.
También
ingresan los certificados
de resultancias de autos
sucesorios cuando por
la naturaleza de los bienes
transmitidos corresponde.
Se ocupa asimismo de la
certificación de
los libros de comercio,
que deben ser llevados
por el comerciante, (persona
física o jurídica),
que puede optar entre
hacerlo en forma manuscrita
en libros encuadernados
y foliados, en cuyo caso
la certificación
se hace en la primer hoja
del libro y antes de que
este sea utilizado, o
por el sistema de hojas
móviles, en cuyo
caso el libro se presenta
a certificar a ejercicio
vencido, en hojas fanfold,
en aquellos casos en que
la contabilidad del comerciante
es llevada por computadora;
o también se puede
optar por el sistema de
fichas microfilmadas (artículo
52 ley 16.871).
Asociaciones
Civiles y Fundaciones.
- Por Decreto No. 233/99,
de 29 de julio de 1999 ya
se había incorporado
este Servicio a la Dirección
General de Registros. En
la ley de presupuesto No.
17.296, se adecuó
la estructura orgánica
con esta incorporación.
El servicio incorporado
tiene básicamente
los cometidos de registro
y control de las asociaciones
civiles y fundaciones constituidas
en el país, ya que
el reconocimiento de la
personería jurídica
corresponde al Ministerio
de Educación y Cultura
desde el año 1907
(Ley de 12 de marzo de 1907).
La
certificación que
se expenderá comprenderá:
a)
una primera parte de
una o mas hojas con
el Resumen de las inscripciones
halladas o la constancia
de su inexistencia ("libre");
y
b) una segunda parte,
eventual, de una o mas
hojas con el Detalle
de las inscripciones
que existieren.
Si
no hubiere inscripciones,
se emiten exclusivamente
la o las hojas Resumen.
Si hubiere inscripción
aparecera una letra
entre el Número
de inscripción
y la fecha con el
siguiente significado:
- I
- se trata de primera
inscripción
o inscripción
original, comúnmente
llamada "traba"
(ej.: embargo genérico),
- R
- se trata de una
reinscripción,
- C
- se trata de una
cancelación
(sólo aparecerá
en ampliaciones de
solicitudes de información),
- M
- se trata de una
modificación
de una inscripción
original.
- E
- se trata de una
inscripción
que excluyó
determinados bienes
ej.: un inmueble,
automotor o comercio,
de un embargo genérico.
Otras
consultas
+
Registro
de Actos Personales
+
Registro
de Automotores
+
Registro
de Propiedad o Inmuebles
La
información será
enviada via E-Mail (se
le enviara un scan del
original como archivo
adjunto) o fisicamente
(solicitud con resultado
de busqueda original
expedida por la Dirección
Nacional de Registros)
con entrega en la dirección
que nos indique en tiempo
record !!! (contamos
con entrega a todas
partes del país
y el mundo).
*Todos
los servicios pueden ser
solicitados tanto desde
Uruguay como desde el
exterior.
La
empresa se compromete
a efectuar los trámites
en el tiempo más
breve que sea posible
y con todas las
garantías
de que los documentos
llegan a manos del
solicitante, extrema
reserva y honestidad. |
|
|
|
|
|
|
Envio
y gestión de Documentos a todo
el Mundo Servicio
REGULAR y EXPRESS |
|
|
|
Nuestras
oficinas:
ATENCION TELEFONICA : + 598 26832632 o +598
29089304 - WhatsApp: 091003995
MALVIN: Verdi 4405. CP: 11400. Montevideo, Uruguay
SHANGRILA: Avda. del Plata m28s26. Ciudad de la Costa, Uruguay
Tel: +598 26832632 o 091003995
NOTA
Usted podrá saber en todo momento el estado
del trámite, solicitándolo através
de nuestro e-mail mitramite@eluruguayo.com
o telefónicamente
|
|
|
|
|
|
|